Plusvalía
¿Ha vendido su vivienda con pérdidas y ha pagado Plusvalía? Entonces recupere su dinero
El TC ha establecido recientemente que es ilegal la práctica de los
Ayuntamientos que cobran Plusvalía Municipal en caso de venta o herencia
de una vivienda con pérdidas. Por ello quién ha pagado este Impuesto
puede recuperar su dinero, reclamándolo al Ayuntamiento. Pues se ha
producido un pago Indebido.
¿Plazos para reclamar?.
Según el art. 66 de la Ley General Tributaria, los plazos para reclamar
los ingresos indebidos son de cuatro años desde que se produjo el pago.
Por lo tanto, ese es el plazo para poder realizar la reclamación de lo
pagado indebidamente al Ayuntamiento.
¿Documentación necesaria?
-Copia de la escritura de compra inicial
-Copia de la escritura de venta
-Justificante de pago del Impuesto Municipal de Plusvalía.
Pida información en:
Galan Palmero Abogados
629233925-952239087
info@galanpallmeroabogados.es
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