Plusvalía

¿Ha vendido su vivienda con pérdidas y ha pagado Plusvalía? Entonces recupere su dinero El TC ha establecido recientemente que es ilegal la práctica de los Ayuntamientos que cobran Plusvalía Municipal en caso de venta o herencia de una vivienda con pérdidas. Por ello quién ha pagado este Impuesto puede recuperar su dinero, reclamándolo al Ayuntamiento. Pues se ha producido un pago Indebido. ¿Plazos para reclamar?. Según el art. 66 de la Ley General Tributaria, los plazos para reclamar los ingresos indebidos son de cuatro años desde que se produjo el pago. Por lo tanto, ese es el plazo para poder realizar la reclamación de lo pagado indebidamente al Ayuntamiento. ¿Documentación necesaria? -Copia de la escritura de compra inicial -Copia de la escritura de venta -Justificante de pago del Impuesto Municipal de Plusvalía. Pida información en: Galan Palmero Abogados 629233925-952239087 info@galanpallmeroabogados.es